10 Octubre 2021

Recientemente la Corte Suprema raya la cancha respecto de obligatoria preservación de humedales

Fundación Defendamos la Ciudad informa a la opinión pública que Corte Suprema sentencia que los humedales (naturales o artificiales) deben ser preservados, aunque no cuenten con declaración como “humedal urbano” otorgada por el Ministerio del Medio Ambiente, según el reglamento de la ley Nº 21.202, pues el Estado tiene la obligación de protegerlos desde el año 1994.

Esa obligación de preservación solo se reforzó con la promulgación de la señalada ley, lo que se aprecia en documento adjunto correspondiente a la sentencia del 23/07/21 de la 3a Sala de la Corte Suprema, Rol Nº 21.970-2021, referida al humedal “Artesanos” en Puerto Montt, donde además queda de manifiesto que la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la región de Los Lagos y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), cuyos titulares proceden como simples estudiantes en práctica, dieron palos de ciego ante la Corte.

No podemos dejar de mencionar que la empresa inmobiliaria que quería intervenir el humedal utilizó los servicios de un conocido abogado lobbysta que se ha especializado en trabajar para empresas constructoras que intentan saltarse las normas sectoriales y que han sido denunciados por la ciudadanía informada, como los proyectos de parcelas de agrado VIP denominados Chaguay en el Área de Preservación Ecológica de la comuna de Lo Barnechea y Bahía Panguipulli en el área rural de la comuna del mismo nombre. Afortunadamente para el bien común y la preservación del medio ambiente, se ha logrado detener el avance de los proyectos gracias al correcto actuar de la Tercera Sala de la Corte Suprema y de la Contraloría General de la República.

 



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