27 Agosto 2007
Derecho al libre acceso a la información

TC, Contraloría y transparencia

Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró inaplicable una norma contenida en el artículo 13 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado, vuelve a poner en evidencia la urgencia de adecuar nuestra legislación a las exigencias constitucionales sobre el derecho de acceso a las informaciones públicas. El Mercurio 27 de agosto de 2007.

La importancia del fallo radica en que por primera vez dicho tribunal desarrolla el alcance de este derecho, teniendo en cuenta el nuevo artículo 8 de la Carta Fundamental, que establece como regla general la publicidad de los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Estando en el último trámite parlamentario el proyecto de ley sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, el contenido de esta sentencia tiene que ser debidamente considerado por los legisladores. El fallo se origina en un recurso de inaplicabilidad presentado por una empresa que -en un proceso seguido contra la Dirección de Aduanas, por negarse ésta a entregar información económica relevante para sus negocios- pretendía que no se le aplicara la referida disposición, que permite al jefe superior del órgano requerido denegar el acceso a la información solicitada cuando afecte sensiblemente el interés de terceros. El TC declaró que dicha norma es inconstitucional, pues sólo corresponde a una ley de quórum calificado -y no al jefe del órgano requerido- determinar el contenido y alcance de las causales de secreto o reserva previstas en la Constitución. En un considerando de gran trascendencia, el TC señala que el derecho de acceso a la información pública forma parte de la garantía constitucional sobre libertad de expresión, lo que abre el camino para recurrir de protección en los casos en que, por actos u omisiones arbitrarios o ilegales, se amenace, perturbe o prive de este derecho. Por otra parte, el contralor general, Ramiro Mendoza, en un informe entregado al Congreso, ha expresado su natural preocupación por una serie de normas contenidas en el proyecto de ley sobre transparencia que afectarían la función fiscalizadora que ese organismo autónomo ha venido ejerciendo en esta materia, sobre todo a partir de la entrada en vigencia de la llamada Ley de Probidad (1999). Cabe esperar que los parlamentarios hagan las modificaciones correspondientes, para evitar que la función fiscalizadora de la Contraloría se vea en el futuro limitada, lo que constituiría un peligroso retroceso.




Inicia sesión para enviar comentarios