28 Mayo 2007

Advierten que planta de gas de Peñalolén es ''urbanísticamente'' inviable

Agrupación Defendamos la Ciudad afirmó que proyecto pretende emplazarse en una zona de preservación ecológica. El Mostrador 27 de mayo de 2007.

La Agrupación Defendamos la Ciudad advirtió que el proyecto para construir una planta de gas propano en la comuna de Peñalolén, es "inviable", en virtud del Plano Regulador Metropolitano de Santiago. La planta de respaldo, que este lunes será analizado por la Corema de la Región Metropolitana, contempla almacenar 400 toneladas de gas propano en ocho estanques en el sub-suelo, utilizando el sistema "mounded". Se emplazaría en un predio de dos hectáreas que, según la entidad, está localizado sobre la cota 900 msnm, en un área de de Preservación Ecológica y, por tanto, fuera del límite urbano de esa comuna. Patricio Herman, de la Agrupación Defendamos la Ciudad, señaló "estamos conscientes que ante la emergencia del gas, situación provocada por los menores envíos de gas natural de Argentina, es necesario disponer en algún lugar de una planta con estas características para asegurar el suministro". Sin embargo, precisó que "no podemos perder de vista que existen normas urbanísticas que se deben respetar, más aún si la planta se localizaría en la zona de influencia de la Quebrada de Macul, con las características aluvionales que todos conocemos". La entidad recordó que en las Áreas de Preservación Ecológica se permite sólo el desarrollo de actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales de la precordillera, restringiéndose su uso a los fines de carácter científico, cultural, educativo, recreacional, deportivo y turístico, según el artículo 8.3.1.1. del PRMS vigente desde 1994. Asimismo, precisó que el artículo 6.1.3. del PRMS establece que las actividades peligrosas no podrán desarrollarse dentro del territorio del Plan y que, cuando se requiera emplazar una instalación industrial o de carácter semejante en el Área Restringida o Excluída al Desarrollo Urbano, entre ellas las Preservación Ecológica, la Dirección de Obras Municipales respectiva deberá exigir un informe favorable de la Seremi de Vivienda y Urbanismo. Ello, sin perjuicio de requerir los informes específicos pertinentes de los organismos específicos competentes sobre la materia, con lo cual esa dependencia municipal decidirá. "Como se observa, la regulación urbana metropolitana, en este tipo especial y frágil de territorio, no permite la instalación de una planta industrial para almacenar gas propano aire, lo cual significa que Metrogas y sus consultores ambientales deberán buscar el lugar apropiado en nuestra región para lograr su loable y estratégico propósito", puntualizó la entidad.



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