14 Febrero 2018

Corte Suprema falla en contra de automotoras de Viña y prohíbe uso de antejardines

Fundación Defendamos la Ciudad acusa silencio cómplice de alcaldesa Reginato al no comunicar sentencia y efectuó presentación por eventual falta a la probidad ante la Contraloría Regional de Valparaíso.

A tres años del dictamen de la Contraloría Regional de Valparaíso, que sancionó el uso ilegal de los antejardines como salones de exhibición de automóviles en Viña del Mar, y que obligaba a la Municipalidad a regularizar y sancionar a las empresas infractoras al Plan Regulador Comunal (PRC) y a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), tras diversas alegaciones y apelaciones -tanto ante el Ente Fiscalizador como a la Justicia-, finalmente la Corte Suprema confirmó la ilegalidad de uso al rechazar el recurso de protección interpuesto por las automotoras.

La resolución pronunciada este 7 de febrero por la Tercera Sala del Máximo Tribunal, y conocida por ANIN.CL, en los central desecha las alegaciones de las sociedades E. Kovacs y Compañía Limitada, Comercial Aspillaga y Hornauer S. A., Automotriz Rosselot S. A., Mecánica y Automóviles Chiappe S. A., H. Motores S. A., Comercial Arteaga y Rebolledo Ltda., Comercial Colón Ltda., Comercial y Automotriz Siglo XXI Ltda., Kaufmann S. A. Vehículos Motorizados y Distribuidora de Vehículos Suzuval Ltda.

SILENCIO CÓMPLICE

no obstante el tiempo transcurrido y que existe fundamento legal que impida a la Alcaldesa a ejecutar los dictámenes de la Contraloría, esa autoridad ha mantenido una conducta cómplice con las automotoras infractoras, que esperamos cambie a partir de este fallo de la Corte Suprema, que da razón a los argumentos expuestos por la FundaciónRodrigo Avendaño, abogado de la Fundación Defendamos la Ciudad, indicó que esta resolución restablece el Estado de Derecho en Viña del Mar, junto con señalar que obliga a la alcaldesa Virginia Reginato “a cumplir la ley, y no adoptar un silencio cómplice, como se aprecia hasta hoy que no ha comunicado el alcance de este fallo que da razón al reclamo de un vecino de la Ciudad Jardín”.

Esto al recordar que la Contraloría mediante el dictamen N° 2843, de fecha 13 de febrero de 2015, la Contraloría atendió la primera denuncia ingresada a nombre de la Fundación Defendamos la Ciudad por el vecino Carlos Valencia Valenzuela, en contra de la alcaldesa de Viña del Mar, Virginia Reginato, por reiterado incumplimiento a la normativa del Plan Regulador Comunal y a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Lo anterior al facilitar que automotoras emplazadas en la Población Vergara ocupen las franjas destinadas a antejardines, para la exhibición de vehículos en venta.

Avendaño agregó que “no obstante el tiempo transcurrido y que existe fundamento legal que impida a la Alcaldesa a ejecutar los dictámenes de la Contraloría, esa autoridad ha mantenido una conducta cómplice con las automotoras infractoras, que esperamos cambie a partir de este fallo de la Corte Suprema, que da razón a los argumentos expuestos por la Fundación”.

El abogado precisó que este accionar tiene como consecuencias hechos similares de vulneración como el que afecta a los vecinos de Reñaca como el proyecto de Boulevard y Parking subterráneo, o “la carencia de estacionamientos en el centro de Viña, a consecuencia del incumplimiento de esta norma de antejardines y estacionamientos de visitas de las automotoras”.

FALTA A LA PROBIDAD

Este accionar es parte de la denuncia ingresada el pasado viernes ante la Contraloría Regional de Valparaíso, donde en conformidad con lo establecido en el inciso cuarto del artículo 60 de la citada ley N° 18.695, se indica que “las conductas mencionadas de la Alcaldesa y Director de Obras, en nuestra opinión, constituyen contravención grave a las normas sobre probidad administrativa que solicitamos se declare por esta Entidad de Control, sin perjuicio de las demás medidas que se sirva dictar para restablecer la legalidad”.

“Estimamos que la falta grave a la probidad administrativa cometida por el Director de Obras es una causal de cese en el cargo,  y para la Alcaldesa también, pero en este último caso debe ser declarada por el tribunal electoral regional respectivo, a requerimiento de, a lo menos, un tercio de los concejales en ejercicio”, agrega la presentación.

En torno al fallo de la Suprema, Carlos Valencia precisó que “este es un triunfo de aquellos que de verdad queremos que Viña del Mar sea una ciudad bella, y no sólo un eslogan, donde la señora Reginato debe entender que bella no es sinónimo de ella, porque Viña no es de ella, sino de quienes queremos nuestra ciudad”.

Fuente: http://www.anin.cl/nota/67/23854/corte-suprema-falla-contra-automotoras-vi%C3%B1a-y-proh%C3%ADbe-uso-antejardines



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