14 Febrero 2006
Comunicado de Prensa

Por cambio de uso de suelo de Cerrillos, presentan reconsideración en la Contraloría General de la República.

Organización ciudadana solicita al ente contralor una reconsideración a su toma de razón de la Resolución Nº 116 del Gobierno Regional Metropolitano...

Organización ciudadana solicita al ente contralor una reconsideración a su toma de razón de la Resolución Nº 116 del Gobierno Regional Metropolitano, ya que la Resolución Exenta Nº 147 de la Corema Metropolitana -prerrequisito de la anterior- que calificó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de cambio de uso de suelo es improcedente a la luz de la contaminación, de una parte de los suelos del Aeropuerto, por residuos de hidrocarburos y por obstruirse el canal de ventilación conformado por el cono de aproximación en el sector sur del aeropuerto. Se dan a conocer las cifras de las velocidades eólicas en la zona aledaña al aeropuerto y en la pista del mismo, demostrándose con ello que existe un corredor de vientos que ayuda a mejorar la calidad del aire en la ciudad. Por lo anterior, sostenemos que el Minvu, titular del proyecto, lo debió haber ingresado al SEIA vía un completo Estudio de Impacto Ambiental. Más adelante se aprecia el documento ingresado hoy con Nº 9321. Agrupación Defendamos la Ciudad (2330321-09/258545) .............................................................................................................................. Ingreso Nº 9321 del 13/02706 Santiago, Lunes 13 de Febrero de 2006 Señora Noemí Rojas Llanos Contralora (S) General de la República Patricio Herman Pacheco y Héctor Arroyo Llanos, representando a la Agrupación Defendamos la Ciudad, con domicilio en Luz 2889, Depto. 34, Las Condes, se permiten solicitarle una reconsideración y/o modificación a su toma de razón de la Resolución Nº 116 del Gobierno Regional Metropolitano que habla del cambio de uso de suelo de las 245 hectáreas de infraestructura aeroportuaria para dar origen al proyecto inmobiliario Portal del Bicentenario. Nosotros hemos sostenido que la Resolución Exenta Nº 147 de la Corema Metropolitana que calificó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental es improcedente, porque –entre otras razones- un cierto porcentaje de la superficie del terreno en cuestión está contaminado por residuos de hidrocarburos, tal como está establecido en el Informe de la Consultora Andalué que obra en poder de la Contraloría. Esta situación de riesgo fue reconocida por el señor Félix de Amesti, Gerente General del Portal del Bicentenario, en una conferencia de prensa reciente en el Ministerio de Vivienda, Urbanismo y Bienes Nacionales, aunque la minimizó al manifestarle a los periodistas que muy pocas hectáreas estaban afectadas por esos residuos. Los miembros de nuestra agrupación tienen una muy buena opinión del arquitecto de Amesti y por ello le damos crédito absoluto a sus palabras. Por otra parte, esa Resolución Nº 147 descarta los servicios ambientales de primer orden que ofrece el cono de aproximación de Cerrillos para la ventilación de la metrópoli, inserta en un enclave montañoso que acrecienta los problemas de contaminación atmosférica. Al respecto y por considerarlo de sumo interés, le damos a conocer las recientes mediciones de la velocidad del viento de baja altura en el entorno urbano del aeropuerto Los Cerrillos y en la pista principal del terminal aéreo, practicadas por el arquitecto Jonás Figueroa, profesor de urbanismo en la Universidad de Santiago, el día lunes 6 de Febrero entre las 11 y 12 hrs. Los datos de velocidad eólica que entregaron los anemómetros digitales TFA son los siguientes : - En el entorno urbano del aeropuerto: de 2,7 a 5,6 km/hr. - En la pista principal: 18,3 a 23,8 km/hr. Estos datos han sido corroborados el día martes 7 de Febrero, con ligeras alteraciones que no modifican los datos del día anterior, confirmando que el aeropuerto de Cerrillos es efectivamente un corredor de vientos que participa activamente en la ventilación de la ciudad. Ello significa que, al derogarse la restricción impuesta a los conos de aproximación, verdadera cuña territorial, se elimina ese corredor de vientos que ayuda a mejorar la calidad del aire en esta ciudad, cuyo parque automotor crece sostenidamente y por lo tanto está expuesta a mayores niveles de contaminación atmosférica. Por ello nosotros hablamos del principio precautorio, tan pasado a llevar por las autoridades que impulsan estos cambios en la estructura urbana. También debemos tener presente lo aseverado por los académicos Hugo Romero y Alexis Vásquez de la Universidad de Chile y Universidad de Concepción, respectivamente, quienes en su estudio "Consideraciones ambientales del proyecto Portal del Bicentenario en Cerrillos" concluyen que lo que hay que preservar, es justamente el territorio protegido de ese cono de aproximación, el cual -tal como están las cosas hoy en día- acogerá actividades constructivas inmobiliarias de alta densidad, con los resultados negativos ambientales que es dable esperar. Para nadie es un secreto que el Gran Santiago posee extensas áreas deprimidas, fragmentadas y caóticas que pudieran ser objeto de un programa visionario de renovación urbana, tomando en consideración los intereses y aspiraciones de sus actuales ocupantes, del sector privado y de autoridades esclarecidas, iniciando así un real proceso de construcción de una metrópoli moderna e integrada, pues una ciudad que pretende atraer inversionistas foráneos debe comenzar por ser atractiva y amable para sus propios habitantes, tanto más cuando cada una de esas zonas deprimidas pudiera recibir un portal del bicentenario, sin comprometer para siempre la importancia de los servicios ambientales únicos e irremplazables que caracterizan al cono de aproximación del actual aeródromo, error que más temprano que tarde se lamentará, sin que las apresuradas autoridades que hoy inexplicablemente impulsan la intervención estén presentes para rendir cuentas o repararlo. En su toma de razón Nº 6438 del 9 de Febrero de 2006, que fue publicada presurosamente en el Diario Oficial el 10 de Febrero de 2006, es decir, el día siguiente, no contradice que un reducido porcentaje de los terrenos del aeropuerto están contaminados por residuos de hidrocarburos, sino que expresa que los servicios públicos competentes señalan que en este proyecto no se dan las características contempladas en el artículo 11º de la Ley Nº 19.300 y que por ello, no es necesario ingresarlo al SEIA como "Estudio". Por estas razones, sometemos a su elevada consideración la necesidad de que modifique el texto de su toma de razón, con la idea de que los planteamientos dados a conocer en la presente sean considerados por el titular del proyecto, aunque los funcionarios públicos que impulsan el negocio, en escasas horas, lograron publicar su toma de razón en el Diario Oficial.




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