23 Enero 2015

La Municipalidad de La Reina debe actuar pronto

Columna de opinión de Patricio Herman de Defendamos la Ciudad publicada en blog de Cooperativa el 23 enero 2015.

El 26 de diciembre de 2014 publicamos la columna “Intentan demoler colegio Las Américas que gestionaban los Parisi” en la cual dábamos cuenta de la situación del colegio Las Américas,  a la luz de la existencia de la cláusula modal establecida en la escritura de compraventa, suscrita hace 14 años, entre la Municipalidad de La Reina y la Corporación sin fines de lucro Club de la República, para el terreno en donde se emplaza dicho establecimiento y como se han producido algunos hechos de importancia, sucintamente los damos a conocer  a continuación.

Vía oficio Nº 6015 del 31 de diciembre de 2014 el Seremi de Vivienda y Urbanismo responde nuestra consulta asociada a la licitud del permiso de anteproyecto Nº 75 por 7 torres habitacionales cursado el 13 de junio de 2014 por el Director de Obras Municipales (DOM) a unos arquitectos que en la fecha de ese acto administrativo no eran dueños del terreno. Entre otras cosas, le decíamos a esa autoridad central que, si detectaba alguna irregularidad, trasladara los antecedentes a la Contraloría General de la República solicitándole la instrucción de un sumario administrativo, dejando sin efecto, como era obvio, ese permiso preliminar.

En tal oficio de la autoridad de mayor rango se describía pormenorizadamente la historia del caso, la que era le conocida debido a que con anterioridad el alcalde de La Reina se había dirigido a la ministra de Vivienda y Urbanismo, haciéndole notar la inconveniencia de la demolición de ese establecimiento educacional.

En esencia, y para no aburrir a los lectores, el Seremi concluyó que existían ciertas contradicciones en el proceso y que en la solicitud del anteproyecto posiblemente no se cumplieron ciertas exigencias contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), razón por la cual, para efectuar un análisis más acabado, instruyó al DOM en orden a que le remitiera los planos y todos los antecedentes técnicos que se acompañaron al anteproyecto.

El 14 de enero de 2015 la Gran Logia de Chile, a través de su Gran Maestro, se dirige por escrito al Concejo Municipal de La Reina, expresándole su contrariedad por lo que está sucediendo y expresando en duros términos la existencia de un documento que anda circulando internamente firmado por un Comité de Maestros Masones, en el cual se objeta la venta del inmueble por tratarse de una mala negociación efectuada por los representantes del Club de la República. 

Recientemente hemos tomado conocimiento que ha ingresado en la DOM una nueva solicitud de anteproyecto, exactamente con los mismos datos, pero ahora a nombre de la empresa constructora dueña del terreno, con lo cual ya no tendrá sentido que el Seremi analice el anteproyecto anterior y entendemos que el alcalde de La Reina, en representación del Concejo Municipal, ya le habrá contestado la nota a la Gran Logia de Chile.

En relación al mencionado anteproyecto Nº 75 del 13/06/14 otorgado por el DOM a particulares que no tenían dominio del predio, está claro que el funcionario que lo cursó tenía el deber de conocer, conforme el artículo 1.2.2 OGUC , la escritura pública de promesa de compraventa de fecha 24/12/13, en donde se dice que la municipalidad  “…certifique la extinción  de la carga modal referida a los inmuebles derivada de la  escritura pública de adjudicación de fecha 26 de abril de 2000…”.

Ergo, si el DOM tenía y tiene conocimiento que el municipio no ha certificado dicha extinción, obviamente estaba inhabilitado para autorizar ese anteproyecto y por ello ahora, para soslayar esa irregularidad funcionaria, se está tramitando una nueva solicitud de anteproyecto a nombre del titular del predio y del negocio inmobiliario.

Por lo anterior, en aras de la correcta aplicación de las normas, mientras el Seremi de Vivienda no se pronuncie al respecto, no se puede bajo ninguna circunstancia aprobar la demolición del colegio. Es más, es probable que el Seremi, conforme al artículo 15º LGUC, determine solicitar a la Contraloría General de la República la instrucción de un sumario administrativo al interior de la DOM. 

Asimismo hemos sabido que el Concejo Municipal, conocedor que la cláusula modal que limita el uso y destino del predio, en los términos señalados en nuestra columna del 26/12/14, no ha sido levantada por ese cuerpo colegiado, revisó el asunto el martes 20 de enero reciente, y por ello debiéramos suponer que hará valer en sede jurisdiccional esta circunstancia, pues el propósito del municipio es conservar la edificación del colegio a todo evento.

En tal sentido, si prima la racionalidad, posiblemente las partes lleguen a un  acuerdo armonioso que conduzca a la certificación de la extinción de la carga modal para una fracción del terreno, en donde la inmobiliaria podría edificar la cantidad de torres que permita la más reducida superficie del predio.

Perfectamente el colegio puede ser adquirido, en una suma razonable de dinero, por el municipio y para ello el Gobierno Regional Metropolitano podría asignar los fondos necesarios y si ello no prospera, podría aparecer un privado interesado en la noble actividad de brindar educación de calidad a los niños de esa comuna. Evidentemente si no hay voluntad para sortear el litigio, el caso se zanjará en un tiempo más en las cortes.

Por último y ya que en estos  días la prensa ha estado hablando de la falla geológica activa de San Ramón, la que discurre en la zona precordillerana, en una extensión de 25 km entre los ríos Mapocho y Maipo, abarcando las comunas de Lo Barnechea, Las Condes, La Reina, Peñalolén, La Florida y Puente Alto, la fundación Defendamos la Ciudad con otras organizaciones ciudadanas que conocían los estudios efectuados, los que daban cuenta de su desplazamiento, interpusieron un recurso de protección en contra de la Municipalidad de La Reina porque el alcalde Montt de la época se negó a incorporar en la modificación del Plan Regulador de septiembre de 2010 las restricciones que correspondían en los sectores más comprometidos.

La Corte Suprema rechazó el recurso, pero la acción ciudadana desarrollada sirvió para que el Minvu iniciara el Estudio deRiesgo y Modificación PRMS Falla San Ramón, documento que probablemente debe estar archivado en alguna oficina de la Administración.

Fuente: http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20150123084549/la-municipalidad-de-la-reina-debe-actuar-pronto/



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