13 Enero 2015

Una Propuesta Decente para el Minvu

Columna de opinión de Patricio Herman de Defendamos la Ciudad publicada en Estrategia el 13 enero 2015.

Las autoridades competentes no se atreven a ejercer sus atribuciones, lo que desdichadamente significa violar el marco regulatorio sectorial.

En la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), instrumento reglamentario de la Ley respectiva, se establece con meridiana claridad que los permisos de edificación cursados por las Direcciones de Obras de las 345 municipalidades que hay en el país caducan automáticamente si sus titulares no hubieran iniciado las faenas de construcción en el plazo de 3 años o si, ya iniciadas, hayan permanecido paralizadas por el mismo período de tiempo.

Dicha OGUC precisa que se entiende que una obra se ha iniciado si su titular realizó copulativamente los trazados y ha comenzado las excavaciones contempladas en los planos del proyecto en poder de cada Dirección de Obras.

Al respecto, recordemos que en la legislación ambiental las resoluciones de calificación favorable impartidas por la autoridad competente para los proyectos que se someten el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) caducan a los 5 años y como desconocemos conflictos en ese ámbito de materias, nos referimos al categórico dictamen Nº 95979 del 11/12/14 emitido por la Contraloría General de la República mediante el cual declaró la caducidad de un permiso de edificación otorgado en Viña del Mar hace 14 años, extrañamente no obedecido a esta fecha, porque su titular desea mantener ilegalmente las normas urbanísticas bastante más permisivas de aquella época.

Como ello es irregular, proponemos lo siguiente : Se debería señalar en la OGUC, resorte exclusivo de la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu, que la vigencia de los permisos de edificación es indefinida, solo en la medida de que las normas urbanísticas contempladas en los Planes Reguladores Comunales (PRC) no se hayan modificado haciéndolas más restrictivas. 

Formulamos esta idea que busca simplificar las cosas porque las autoridades competentes, ya sea en el caso en comento y en otros tantos, no se atreven a ejercer sus atribuciones, lo que desdichadamente significa violar el marco regulatorio sectorial.

Fuente: http://www.estrategia.cl/detalle_columnista.php?cod=9996



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