23 Diciembre 2013

¿Elusión o evasión?

Columna de opinión de Sergio Fernández Figueroa, publicada en el blog un país más justo el 22 de diciembre 2013. 

Como todo el mundo sabe (en la totalidad de los programas presidenciales de los candidatos a la primera vuelta el punto es mencionado) en Chile se elude, y también se evade, el pago de impuestos.

Quienes pontifican en la materia en nuestro país, señalan que hay una diferencia fundamental, al menos teóricamente, entre ambas prácticas: mientras al eludir se actúa dentro de la legalidad (generalmente al límite de ella), aprovechando los numerosos vericuetos que, en legislaciones tan intrincadas como la nuestra, existen para tal efecto, al evadir se incurre derechamente en actos dolosos, sancionados como tales (no sé si suficientemente) en nuestro código tributario.

Evadir es, según esa premisa, un delito, y quien evade es un delincuente. Eludir sería, en cambio, una práctica astuta, ladina, sagaz, y quien incurre en ella es un tipo listo y avispado, una especie de lince que es capaz de defenderse ventajosamente de la rapiña del Estado. Mientras el primero debería recibir el repudio social (en la práctica recibe más bien la pública conmiseración, por haber tenido la mala suerte de que lo descubrieran), el segundo puede desplazarse sin inconvenientes por los círculos más exclusivos y prestigiados, con su conciencia tranquila, con su prestigio íntegro, y seguro de que nadie tiene cosa alguna que echarle en cara.

En los países más desarrollados, sin embargo, el enfoque es diametralmente distinto. Allí todas las prácticas que pretenden eludir o evadir el pago de impuestos, son calificadas de ilícitas por los expertos, y la distinción entre elusión y evasión tiene más que ver con si existe o no sanción explícita en la normativa vigente. Si la hay, es evasión. Si no, es elusión, pero sólo por un breve lapso, pues debe legislarse con la mayor premura posible para que se le dé el carácter que corresponde ―evasión― y proceda a sancionarse.

En dichas sociedades, entonces, se toma el asunto en serio. Quien evade es, con todas sus letras, un delincuente, que recibe una drástica sanción penal sin miramiento alguno; y quien elude es, al contrario que en nuestro permisivo Chile, un sinvergüenza de marca mayor, un inescrupuloso que se aprovecha en beneficio propio de las debilidades del sistema, mediante prácticas que ninguna persona decente debería siquiera intentar. Allí, quien elude es sancionado socialmente con el repudio, pues aunque transitoriamente no comete delito, su actuar es indigno, y revela un desprecio por sus semejantes y una intención manifiesta de aprovecharse de ellos.

Este tratamiento tan diferente entre el mundo desarrollado y nuestra criolla realidad, es digno de ser mirado con mayor detenimiento. ¿Quién tiene la razón? ¿Es la elusión una práctica que debe ser aceptada porque es un signo de ingenio y habilidad (nuestra famosa y  nunca bien ponderada “viveza criolla”)? ¿O es una acción inescrupulosa, propia de bribones tramposos, que debe ser repudiada y combatida in extremis por la sociedad?

Para tratar de dilucidarlo, analicemos desde esa perspectiva uno de los mecanismos más habituales de elusión: el giro en exceso sobre el FUT disponible.

¿Cómo funciona? Suponga una sociedad de personas XY con dos socios, A con un 99% y B con un 1%, cuya utilidad antes de impuesto es de $ 3.000 millones. El impuesto de primera categoría es de $ 600 millones (20%), el cual da créditos de $ 594 millones a A y de $ 6 millones a B (99% y 1% del impuesto de primera categoría, respectivamente). Si los socios quieren retirar $ 2.000 millones, hacerlo a través de A les significaría tener que pagar adicionalmente al Estado 386,3 millones por concepto de global complementario (impuesto según tabla de sii.cl, menos crédito proporcional de 20% del retiro). En cambio, hacerlo a través de B no sólo los deja exentos de global complementario, sino que además les permite acceder a una devolución de $ 4 millones. Lo reitero, para que quede claro: retiran $ 2.000 millones, no pagan un peso de global complementario y reciben una devolución de $ 4 millones (la disposición que permite esta barbaridad se encuentra en el artículo 14 letra A inciso 1° letra b de la Ley de la Renta).

¿Qué le parece? ¿Una expresión de viveza criolla o una muestra de sinvergüenzura extrema?

Por este mecanismo se pueden retirar (y no cabe duda que se retiran) miles de millones de dólares de las sociedades de personas sin pagar ni un peso por concepto de impuesto global complementario (¿se ha percatado de que las sociedades matrices en los grandes grupos económicos, por extraña coincidencia, son sociedades de personas?).

Las preguntas caen de cajón:

A todos los Gobiernos y Parlamentos desde que volvió la democracia, ¿por qué no se ha modificado la absurda disposición que permite esta elusión? ¿Porque la desconocían o porque hicieron vista gorda durante estos 24 años?

Al SII, ¿ha informado a las autoridades de turno de la existencia de este mecanismo de elusión? ¿A qué autoridades? ¿Cuántas veces? ¿Cuáles son los montos que se han girado anualmente en exceso al FUT disponible? ¿Quiénes son los que lo han hecho? ¿Están los grandes contribuyentes involucrados? ¿Cuáles grandes contribuyentes? ¿En qué montos?

Al Ministerio Público, lo descrito, ¿es elusión o evasión? Tal vez en los giros propiamente tales no hay dolo (están amparados por la legislación), pero como para que éstos se produzcan se debe contar con la autorización del socio mayoritario (que es el propietario de las utilidades que se retiran), me parece que podría configurarse algún tipo de conducta dolosa o. al menos, alguna presunción (¿por qué un socio mayoritario autoriza a uno minoritario para retirar, en volúmenes considerables, utilidades que no le pertenecen?). Además, ¿se ha efectuado alguna investigación en relación al tema? ¿Cuándo? ¿Con qué resultado?

A usted, estimado lector, lo expuesto, ¿es elusión o evasión? ¿Hay o no ánimo de dolo? ¿Las personas que incurren en esta práctica, ¿son dignas de elogio o deberían ser sujetos de repudio?

En todo caso, éste es un ejemplo (habrán varios más seguramente) de conducta, si no dolosa, al menos reñida con la moral, que en ningún caso sería tolerada en una sociedad desarrollada, y es una prueba fehaciente de que para alcanzar el desarrollo aún nos queda mucho camino por recorrer, tanto en términos de transparencia de la gestión pública como de desconcentración del poder.

El punto es que para recorrer un camino, es requisito primordial dar los primeros pasos. ¿Será en el gobierno de Michelle Bachelet donde se producirá tan magno acontecimiento? Hay que estar atentos y, aunque la vida nos haya dado portazo tras portazo, esperanzados. En una de ésas, cuando menos se espera, salta la liebre.

Por Sergio Fernández Figueroa, fuente: http://unpaismasjusto.blogspot.com/

 



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