25 Agosto 2007
Comunicado de Prensa

Ante dictamen Nº 37731 del 21/08/07 de la Contraloría General

Con ocasión del titular de "El Mercurio" de hoy sábado "Ministerio de Vivienda valida la planta de gas en Peñalolén" con epígrafe "contienda de competencias entre poderes del Estado", Fundación Defendamos la Ciudad declara que tal encabezado y noticia, entregada a ese diario por el interesado (Minvu), desafortunadamente inducen a errores interpretativos que se deben aclarar.Fundación Defendamos la Ciudad 25 de agosto de 2007.

En portada del cuerpo "nacional" de ese medio de expresión se publica esa información agregando que el Minvu "dice que planos reguladores no prohíben la instalación de obras de infraestructura, planteamiento que la Contraloría sí hizo valer al calificar de ilegal permiso dado por Corema". Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad expresa que "en ningún caso hay contienda de competencias porque todos los órganos de la administración del Estado están obligados a obedecer los dictámenes de la Contraloría y si no están de acuerdo con sus contenidos, sólo pueden pedirle una reconsideración al ente fiscalizador. En cambio Metrogas sí puede recurrir de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del referido dictamen. Es más, las mismas argumentaciones del Minvu publicadas hoy sábado en ese diario fueron entregadas por el titular del proyecto en la propia Contraloría General, las que fueron desestimadas. Quedó absolutamente claro en el completo dictamen de 14 páginas todo lo referido a las instalaciones de este tipo de infraestructuras energéticas en zonas rurales, en base a lo preceptuado en los artículos 2.1.19. y 2.1.29. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). La Contraloría, refiriéndose a lo afirmado por Metrogas, en orden a que la infraestructura energética se encuentra siempre admitida, manifestó que de acuerdo a lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del numeral 2.1.29.de la OGUC, sólo es aplicable para los trazados de la infraestructura energética, pero no para sus instalaciones o edificios los que, por el contrario, se encuentran plenamente sometidos a la planificación urbana. Por tal razón, termina afirmando la Contraloría, que en el Área de Preservación Ecológica del PRMS, en donde se localiza el terreno cedido por el Ejército a Metrogas para que se emplazara la planta en cuestión, por no contemplar esa tipología el uso de suelo infraestructura energética, resultó contraria a derecho la Resolución Exenta Nº 368 y su posterior aclaración de la Corema R.M. A la luz de esta evidencia, lo razonable es que Metrogas inicie a la brevedad la construcción de su planta de respaldo en la comuna de Puente Alto, habida cuenta que este proyecto ya cuenta con una favorable Resolución de Calificación Ambiental de la Corema R.M. Si esta empresa procede en consecuencia, como esperamos, los residentes del sector oriente de la megalópolis no tendremos problemas con el desabastecimiento de este combustible el próximo año" 2330321-09/2585459




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