28 Junio 2016

Corte rechaza recurso de protección contra el seremi Minvu por hotel en dunas de Ritoque

Sin embargo, el abogado de la Constructora Riviera Ltda. afirma que permisos fueron ratificados en el fallo.

Un nuevo giro tomó la polémica por la construcción del hotel Decameron en las dunas de Ritoque, en Quintero, dado que la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección que interpuso el abogado Arturo Fermandois, de la Constructora Riviera Limitada, dueña del terreno y mandante del proyecto en la tramitación ambiental, en contra del secretario regional ministerial (seremi) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), Rodrigo Uribe, quien en el marco de la tramitación ambiental emitió el oficio N° 883, donde califica que los permisos de la obra "no se encontrarían vigente".

Ante esto, el reclamante solicitó a la Corte que Uribe se abstuviese de los dichos, ya que estos causaban un perjuicio a la construcción y, por ende, a los permisos de edificación otorgados por la Dirección de Obras (DOM) de la Municipalidad de Quintero, los cuales tenían validez.

Frente a esto la Corte estimó que "no existe ilegalidad", puesto que el oficio N° 883, "no hace más que reiterar las irregularidades ya observadas en tal proyecto por el mismo Organismo a través de su Oficio N° 2150, en cumplimiento de normas que le asignan tal atribución" en el marco de la tramitación ambiental de la iniciativa en el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La Corte determinó que la frase emitida por el seremi "no altera la validez de los mismos, ni priva de efectos a un acto favorable y plenamente válido, mientras no sea invalidado por autoridad competente", en este caso, la Dirección de Obras (DOM) de la Municipalidad de Quintero.

Antecedentes al minvu

La determinación de la Corte fue valorada por el seremi Minvu, Rodrigo Uribe, quien afirmó que los antecedentes del caso fueron enviados al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Contraloría General de la República, dentro de sus atribuciones.

"En el ámbito de las competencias de esta secretaría regional ministerial se ha agotado las instancias de intervención. Se emitió un informe dirigido al nivel central del Ministerio y a la Contraloría General de la República, evidenciando las falencias expuestas en el alegato ante la Corte, éstas sirvieron de base al dictamen emitido por el ente Contralor", afirmó Uribe.

Y aclaró que "el oficio cuestionado mediante la acción de protección no tuvo por objeto ejercer atribuciones privativas del director de Obras ni invalidar el permiso de edificación que faculta la ejecución del proyecto del Hotel Decameron de Quintero, sino sólo informar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) las falencias técnico- urbanísticos del permiso de edificación, en el marco de las competencias propias de la Secretaría Regional Ministerial".

Ante esto, Uribe recalcó que el recurso de protección no discute la situación administrativa de los permisos de edificación, sino que el pronunciamiento hecho a través de la tramitación ambiental.

"Los permisos de edificación continúan vigentes mientras la DOM (autoridad competente) no declare lo contrario, hay un procedimiento administrativo pendiente, la DOM debe cumplir la orden dada por la Contraloría Regional en orden a dar cumplimiento al dictamen N° 7373 de la Contraloría General de la República y continúa en trámite el procedimiento de Evaluación Ambiental (SEA)", destacó.

En tanto, Andrés León, representante de la organización ambiental Dunas de Ritoque, precisó que "el fallo ratifica que el seremi tiene las atribuciones para hacer sus opiniones técnicas dentro del proceso de Evaluación Ambiental y estás dicen que los permisos estarían caducados lo cual abre la interrogante respecto a la viabilidad del hotel Decameron en Ritoque".

Validación

Para el abogado reclamante, Arturo Fermandois, representante de la Constructora Riviera, pese a haber sido rechazado el recurso de protección, la Corte señala a través del escrito la validez de los permisos que era el punto complejo tras los dichos del seremi Uribe.

"Este fallo me parece, pese a su resultado, muy clarificador, puesto que confirma la plena vigencia de los permisos de edificación de la Constructora Riviera Ltda. en Ritoque, esto lo hace en el punto noveno de la sentencia en que incluso alude a que el procedimiento invalidatorio concluyó, por el mismo director de Obras, mediante el oficio ordinario de N°18, del 12 de febrero del 2016, declaró la plena vigencia de ellos mismos", precisó Fermandois.

El abogado insistió en que "esto quiere decir que, pese al resultado, en este recurso para la Constructora Riviera y para las autoridades administrativas el fallo de la Corte ordena, clarifica, restituye de alguna forma el procedimiento y las certezas legales. Esto era lo que perseguía mi representada al concurrir a la Corte porque estimamos que la frase del seremi perturbaba los permisos; por lo tanto, debió acogerse el recurso, pero tanto más importante es que el fallo ratifica los permisos. Además, alude a lo de Contraloría y a lo pendiente de la DOM, pero no conecta esto con la vigencia".

Fuente: http://www.mercuriovalpo.cl/impresa/2016/06/28/full/cuerpo-principal/5/



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