23 Febrero 2013

Continúa conflicto judicial por reconstrucción de Colegio

Cecilia Olate, arrendataria de la “Hostal Terminal” interpuso un recurso contra la entidad que estaba edificando un colegio, porque perjudicaba su actividad

 

Una nueva etapa en la demanda presentada por Cecilia Olate, arrendataria de la “Hostal Termina”, se está viviendo en la actualidad, ya que a través de una resolución extendida por el Servicio de Salud del Maule, se “ratifica el acta de fiscalización (…) y se mantiene la prohibición de funcionamiento de la obra del Colegio Manuel Larraín”.

Las acciones emprendidas por Olate, radican en los daños, molestias y pérdidas sufridas con los trabajos de reconstrucción del edificio.

En la fundamentación de la demanda, representada por el abogado José Luis Álvarez, se detalla que desde los comienzos de la obra, en 2010, lo hicieron de “forma ilegal en los primeros meses de 2011, esto es, sin el permiso de edificación pertinente, con el consiguiente incremento de la contaminación acústica y ambiental.

ESTADO ACTUAL

La demanda civil presentada por Olate, se encuentra en su etapa final, esperando que finalice el feriado judicial, para que dicte la sentencia de la primera instancia.

“Este es un juicio de daños y perjuicios contra el colegio. Fue un procedimiento ordinario, se rindieron pruebas y se acompañaron todos los antecedentes de los perjuicios ocasionados. Ahora está la primera instancia procesal prácticamente terminada, y sólo faltaría que el juez dicte la sentencia”, explicó el abogado Álvarez.

La confianza está centrada en el poder llegar  a un buen puerto de toda la situación, aunque tal como explica el abogado “hemos tratado de encontrar una solución con la otra parte involucrada, la Fundación Manuel Larraín, pero ellos nunca han cumplido su palabra, y han alargado solamente el proceso”, enfatizó.

AFECTADA

La demanda interpuesta por Olate, busca una compensación económica por los daños y perjuicios ocasionados a su local. Esto se traduce en unos 440 millones de pesos que, de ser favorable a ella, la Fundación responsable del colegio deberá cancelar. Uno de los principales puntos que justifica esta millonaria compensación es el “daño de emergencia”, que se define dentro del escrito como el empobrecimiento real y efectivo que sufre el patrimonio de la demandante.



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