16 Octubre 2006
Comunicado de Prensa

Contraloría resuelve en permisos ilegales

Ante la inoperancia de la Municipalidad de Las Condes, quien a través de su alcalde, posterga indefinidamente la revocación de 19 permisos de edificación ilegales detectados por la Contraloría General de la República, organización ciudadana da a conocer reciente dictamen Nº 47295 del 5 de Octubre de 2006. 16 de octubre de 2006.

(Santiago, 16/10/06) En esta última resolución del organismo fiscalizador que recoge los dos dictámenes anteriores se obliga al Director de Obras (S) Municipales que proceda a anular los permisos viciados, tal como se expresa en carta que se lee más adelante, ya que la Directora de Obras Municipales que otorgó esos permisos con normas urbanísticas caducadas, actuó sin respetar el derecho. Patricio Herman de la Agrupación Defendamos la Ciudad dio a conocer el referido dictamen e interpelación por escrito hecha al funcionario competente, con copia a otras autoridades y en tal sentido señaló a los periodistas asistentes "la verdad es que no tiene explicación razonable que esa municipalidad, desde hace 4 largos meses, a partir del primer dictamen de la Contraloría, se niege a aplicar el marco jurídico vigente para este tipo de actos administrativos. Más de alguien podría creer que en Las Condes opera en plenitud una Agenda Pro Descontrol para favorecer a ciertos grupos inmobiliarios que actúan, hasta ahora, con total desparpajo". El abogado de la Agrupación Tomás Fabres expresó "lo que la Contraloría representa a las autoridades comunales en este nuevo Dictamen es que no cabe que el Alcalde se irrogue funciones que son propias del Director de Obras, único al que corresponde otorgar los permisos de edificación y revocar los que se han otorgado violando la ley. Conforme al principio de legalidad consagrado por la Constitución Polítrica, los órganos del Estado actuán validamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley, de manera que todo acto en contravención a ese principio es nulo y genera responsabilidad para los infractores. Ahora bien, el Seremi de Vivienda y Urbanismo, que también tiene facultades para invalidar, está sufriendo un ataque de autismo y se mantiene escondido en su oficina rogando para que nadie requiera su intervención." Carta entregada a diversas autoridades competentes teléfonos 2330321-09/2585459 Santiago, lunes 16 de Octubre de 2006 Señor Carlos Alarcón Director (S) de Obras Municipales Las Condes REF. Reiteración de la Contraloría General de la República sobre los 19 permisos de edificación que violan el marco jurídico. De nuestra consideración : A raíz de una equivocada interpretación que algunos medios de prensa le dieron al dictamen Nº 32.357 del 11 de Julio de 2006 de la Contraloría General de la República que complementó su oficio Nº 29.192 del 22 de Junio de 2006, el Alcalde señor De la Maza ha estado resolviendo las situaciones de esos permisos en base a un sui generis criterio que se aparta de la legalidad vigente, ello a pesar de que Ud. debió invalidar los permisos mal otorgados por su antecesora. A modo de ejemplo, un matutino publicó el viernes 14 de Julio de 2006 en forma destacada "Las Condes : salvavidas a obras cuestionadas" con epígrafe "Dictamen de la Contraloría" y con bajada "Permisos otorgados en forma irregular pueden ser aprobados con limitantes" (sic) y un vespertino publicó el lunes 17 de Julio de 2006 "Oficialmente se determinó que alcaldía debe arreglar permisos otorgados irregularmente" (sic). El alcalde se tomó unas atribuciones que no tiene y Ud. aceptó aquello, creyendo que su proceder era lícito. Es más, si el alcalde hubiera tenido las facultades para decidir sobre estos permisos, igual no podría referirse a ellos porque se configuraría un conflicto de intereses, habida consideración que el señor De la Maza se desenvuelve en el mundo de los negocios inmobiliarios, lo que aparentemente los miembros del Concejo Municipal de Las Condes no sabían, con la excepción del concejal Hugo Unda, quien ejerciendo su función fiscalizadora, le ha solicitado a Ud. información sobre presuntos permisos de edificación otorgados a empresas constructoras e inmobiliarias en donde participa el representante legal de la Municipalidad de Las Condes. Ante tal comedia de confusiones lo instamos a que asuma su responsabilidad de Director de Obras Municipales, tal como lo asevera el ente contralor en su dictamen Nº 47295 del 5 de Octubre de 2006, y proceda a anular todos los permisos de edificación que contienen normas urbanísticas derogadas el 5 de Diciembre de 2003 y que no se enmarcaron en el plazo de tiempo perentorio señalado en el segundo párrafo del artículo 1.4.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que expresa textualmente : "el anteproyecto aprobado mantendrá su vigencia respecto de las normas urbanísticas consideradas en dicho anteproyecto y con las que éste se hubiere aprobado, para los efectos de la obtención del permiso correspondiente, durante el plazo de 180 días, salvo en los casos que a continuación se señalan, en que dicho plazo será de 1 año". La Contraloría fue muy explícita cuando afirmó "se concluye que el procedimiento ad hoc utilizado por la Dirección de Obras Municipales de Las Condes en cuanto a considerar vigentes anteproyectos en que había caducado el plazo legal desde la notificación de su aprobación, y a prolongar esa vigencia durante todo el lapso en que no se pagaron derechos municipales a la sazón inexistentes, no se ha ajustado a derecho, por lo que procede hacer efectivas las responsabilidades administrativas que correspondan, sin perjuicio de que la Administración debe examinar si resulta procedente el rechazo o la invalidación de los respectivos permisos de edificación, en armonía con lo indicado anteriormente". Para evitar nuevas desinteligencias municipales, documentamos en la presente que en su OF. DOM 1597 del 14 de Agosto de 2006, dirigido a nuestra agrupación, recibido el 16 de Agosto de 2006, mismo día en que intervenimos en la Comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara de Diputados en Valparaíso, se nos entregó un listado de 10 permisos, que fueron "informados favorablemente" por el alcalde de Las Condes. Los 10 permisos son : 1) PE 254, 30/09/04, Inmob. Armas, Gotemburgo 276, edificio de 12 pisos 2) PE 269, 08/10/04, Molina Morel Inmob., Los Militares 5300, edificio de 21 pisos 3) PE 074, 08/04/05, Inmob. Armas, Bergen 211, edificio de 14 pisos 4) PE 009, 16/01/06, Inmob. Isidora, El Golf 80, edifico de 14 pisos 5) PE 245, 02/12/05, Parque Arauco S.A., Presidente Kennedy 5413, edificio de 7 pisos, edificio de 7 pisos, edificio de 4 pisos, edificio de 35 pisos, edificio de 51 pesos. 6) PE 229, 14/11/05, Inmob. Santa María, Alsacia 151, edificio de 16 pisos. 7) PE 038, 09/03/06, Inmob. Armas, Vaticano 4094, edificio de 14 pisos. 8) PE 015, 20/01/06, Embajada de Rusia, Gertrudis Echeñique 220, edificio de 12 pisos. 9) PE 232, 18/11/05, Inmob. Cordillera, Presidente Riesco 4300, edificio de 20 pisos. 10/ PE 001, 05/01/05, D y R Rentas e Inversiones, Reyes Lavalle 3310, edificio de 6 pisos. En ese OF.DOM 1597 también se nos informa de 4 permisos de anteproyectos rechazados, porque no tienen permisos de edificación y de los 5 permisos faltantes para llegar a los 19 cuestionados no se sabe nada oficialmente. En todo caso le informamos que hemos denunciado otros permisos en la Contraloría, tales como los PE 184, 185, 186, 186 otorgados los cuatro el 26/09/05 a Corpbanca, para construir sendos edificios de 33 pisos cada uno, aparte de otros tantos. Independientemente de la acciones de invalidación que Ud. ejercerá en los casos reseñados, de acuerdo al análisis legal que corresponde para cada uno de ellos, le informamos que es necesario una fiscalización completa de todos los permisos de edificación otorgados con normas urbanísticas derogadas, para así no permitir la competencia desleal y la impunidad habitual que observamos en este sector de la economía. Tenemos la seguridad de que Ud. procederá de acuerdo al mandato legal, tal como se lo hemos dicho en varias ocasiones anteriores, "ya que los funcionarios fiscales y municipales serán civil, criminal y administrativamente responsables de los actos, resoluciones u omisiones ilegales que cometan en la aplicación de esta Ley", cita textual del artículo 22º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Con respecto a los alcaldes, el artículo 23º de esa Ley, dice que "será causal de remoción el incumplimiento de la obligaciones que impone la presente Ley, especialmente en los casos de interferencia en el procedimiento de denuncia y sanciones contempladas en este Capítulo". Atentamente, Patricio Herman Agrupación "Defendamos la Ciudad" cc señora Noemí Rojas, Sub-Contralora General de la República cc señor Jorge Insunza, Presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara de Diputados, instancia política que está investigando esta situación. cc señor Francisco de la Maza, Alcalde de Las Condes cc señores Concejales de Las Condes




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