08 Diciembre 2012

Denuncian atrasos presuntamente deliberados que significarían la no restitución de las dunas de Concón a la categoría de Santuario de la Naturaleza.

Fundación Defendamos la Ciudad, a través de su presidente, Patricio Herman, en conocimiento del desarrollo de los hechos para que las dunas de Concón recuperen su condición legal de Santuario de la Naturaleza, informa con carácter preventivo lo siguiente :

1) Ante el revuelo público generado por la posibilidad de que el propietario, Reconsa S.A., de las referidas dunas ingresara en la Dirección de Obras de la Municipalidad de Concón solicitudes de permisos de edificación, ya que la condición de Santuario de la Naturaleza había sido eliminada, ese municipio a fines del año 2011 aplicó el artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcción con lo cual se congelaron los permisos de edificación hasta el próximo 4 de enero de 2013. La posición del alcalde Jorge Valdovinos era que con este procedimiento se iba a contar con el plazo de un año suficiente para que el Ministerio del Medio Ambiente declarara las dunas como Santuario de la Naturaleza.

2) Estamos a pocas semanas para que venza el referido congelamiento y si el gobierno no adopta la decisión esperada por el Municipio y la comunidad de Concón, en términos de publicar en el Diario Oficial el Decreto Supremo mediante el cual se consagraría la protección de la totalidad de las dunas, el día 5 de enero de 2013 la empresa Reconsa S.A. ingresará en la Dirección de Obras Municipales de Concón una solicitud de permiso de anteproyecto que automáticamente debe ser tramitado. En este eventual escenario las dunas de Concón serán simples terrenos aptos para construcciones en altura.

3) Tenemos conocimiento que, para la sesión del Consejo de Ministros del jueves 20 de diciembre de 2012, está en tabla la recuperación total del campo dunar Punta de Concón y si los ministros llegan al acuerdo prometido, inmediatamente trasladan esa decisión al Presidente de la República, quien resolverá en breve plazo. Si se convalida ese acuerdo ministerial se tramita el Decreto Supremo respectivo, el que se debe enviar a la Contraloría General de la República para su toma de razón. Enseguida dicho Decreto Supremo se envía al Diario Oficial para su publicación.

4) Formuladas las consultas correspondientes en esta fecha, dejamos en claro que el informe técnico necesario para que las más altas autoridades del país adopten una resolución, no han sido requeridas al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

5) Como hecho anecdótico y gracioso expresamos que en la época en que los Santuarios de la Naturaleza eran de responsabilidad del CMN, en el año 2005 el alcalde de Concón de entonces, Óscar Sumonte, solicitó a este CMN que se modificaran los deslindes de las pocas hectáreas de dunas que conservaban la categoría de Santuario. Así fue como se publicó en el Diario Oficial del 26 de diciembre de 2006 el Decreto Supremo Nº 2131, acto administrativo del Estado que contenía un pequeño error que no estamos en condiciones de asegurar si fue voluntario o involuntario.


¿ Cuál fue ese error ?

Las coordenadas de los vértices de la delimitación de la superficie fijada para el Santuario, documento que forma parte del Decreto Supremo Nº 2131, las que fueron elaboradas por Reconsa S.A., no se localizan en el terreno protegido, sino que en el océano Pacífico, irregularidad que en noviembre de 2011 le fue representado formalmente tanto al CMN como al alcalde de Concón.

Contacto 9/2585459



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