09 Febrero 2010
Campiche : alcalde y concejales de Puchuncaví

son únicos responsables del reinicio de obras de la planta

Ante las críticas en contra del Minvu surgidas con ocasión de la planta termoeléctrica Campiche, denunciamos como únicos responsables del posible reinicio de obras de esa planta al alcalde y concejales de la municipalidad de Puchuncaví.

Fundación Defendamos la Ciudad aclara a la opinión pública que el decreto supremo publicado en el diario oficial del 31/12/09, documento en el cual se establece que si "en el predio afecto a dos o más zonas con distintos uso de suelo, al menos el 30% de su superficie permite los usos de suelo de actividades productivas y/o infraestructura, se admitirá en todo el terreno dicho uso de suelo" (sic) no ha sido leído en su integridad. Este razonamiento normativo elaborado por tal ministerio ha sido visto como una traje a la medida de AES Gener y por ello ha sido criticado por todos aquellos que propugnan vivir en un ambiente libre de contaminación. Pero enseguida, el mismo decreto supremo dice. "Con todo, el instrumento de planificación territorial que corresponda podrá prohibir la aplicación de este inciso dentro de su territorio". Patricio Herman expresó al respecto : "Hemos sido críticos permanentes de las políticas públicas del Minvu, pero en este caso, apelando a los hechos objetivos del decreto supremo del 31/12/09, afirmamos con certeza absoluta que ese ministerio le otorgó a las autoridades de la Municipalidad de Puchuncaví la potestad para decidir si en su territorio acepta o no el emplazamiento de esa planta de energía. Cuando el Minvu dice instrumento de planificación territorial se está refiriendo a los planes reguladores comunales y está claro que el alcalde tiene la atribución legal para enmendar el plan regulador de Puchancaví y así prohibir la construcción de esa planta termoeléctrica en su territorio jurisdiccional. Si el decreto supremo aludido fue publicado el último día del año 2009, a partir del primer día hábil del año 2010, el alcalde debió haber convocado a su concejo municipal para que se acordara la prohibición en comento. Es más, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones contempla una facilidad para que ese acuerdo municipal tenga efecto prácticamente inmediato, ello porque el decreto alcaldicio de rigor se publica en el plazo de 48 horas en el Diario Oficial. En conclusión, el alcalde y todos los concejales de Puchuncaví tendrán que explicarles a sus electores las razones que han tenido para no acordar la prohibición del reinicio de obras de la planta Campiche" 2330321 - 09/2585459




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