20 Septiembre 2010

No existe la falla geológica de San Ramón

Columna de opinión de Patricio Hernan de Defendamos la Ciudad publicada en El Mostrador el 16 de septiembre de 2010.

Columna de opinión de Patricio Hernan de Defendamos la Ciudad publicada en El Mostrador el 16 de septiembre de 2010. El sábado 4 de septiembre pasado dimos a conocer en el ex Congreso Nacional, con el diputado Enrique Accorsi y diversas organizaciones ciudadanas, dos documentos oficiales del lunes 30 de agosto de la arquitecta Marisol Rojas en su calidad de Seremi de Vivienda y Urbanismo, en los cuales se dejaba de manifiesto una serie de irregularidades cometidas por la Municipalidad de La Reina con ocasión de la modificación a su Plan Regulador Comunal (PRC). El hecho de que diéramos a conocer esa información de carácter pública molestó a tal autoridad de gobierno porque nosotros decíamos que, a pesar de lo anterior, ella había adoptado una decisión express validando el proceder municipal y por ello nos desmintió con publicidad, dando a conocer las fechas de la tramitación administrativa de ese cambio que concluyó con su “informe favorable” del 1º de septiembre. A objeto de transparentar la situación, relatamos a continuación algunas irregularidades no resueltas, a pesar de que el PRC fue publicado en el Diario Oficial del jueves 9 de septiembre de 2010. 1) El profesional que oficia de asesor urbanista municipal, de acuerdo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), debe encabezar el proceso de modificación al PRC, firmando los documentos y planos correspondientes, pero en este caso quien asumió esa responsabilidad fue una distinguida geógrafa que ejerce el cargo de Secretaria de Planificación, vale decir, el superior del asesor urbanista, con lo cual formuló y se aprobó a sí misma el instrumento de planificación. 2) La municipalidad de La Reina, sin licitación pública, contrató a una consultora como asesora del proceso modificatorio y casualmente la funcionaria señalada en el punto anterior había sido empleada de esa misma consultora, lo que significa que hubo un evidente conflicto de interés, situación pasada por alto por quienes dirigen esa municipalidad. 3) Un concejal que votó en la sesión del Concejo Municipal para adoptar el acuerdo de densificación (mayor altura de edificación) de la Av. Ossa debió haberse inhabilitado, porque su familia directa es propietaria de un importante terreno estratégicamente localizado en dicha avenida, inmueble que, con ese cambio normativo, obtiene una plusvalía de proporciones. 4) La municipalidad y el Minvu desconocen la existencia de la activa falla geológica San Ramón. La modificación del PRC no incluyó esta falla en los estudios de riesgos contemplados en la OGUC, con el agravante de que la situación que nos preocupa está respaldada por numerosos estudios científicos y publicaciones especializadas. Aparentemente los pavorosos efectos del terremoto del 27/02 no han motivado a las actuales autoridades con el fin de que procedan con cautela y previsión en la elaboración de los instrumentos de planificación urbana. Es más, sabemos que la organización comunitaria Coordinadora Vecinal de La Reina, en el período de consultas a los vecinos, le propuso a quien ejercía como Asesora Urbanista que se incorporara en la modificación del PRC esta zona de riesgo. La modificación en comento todavía contiene irregularidades que deberán ser resueltas y por ello nos extraña sobremanera que la Seremi de Vivienda y Urbanismo haya “informado favorablemente” este cambio en las reglas del juego.En concreto, la municipalidad no propuso medidas respecto de la intensidad del uso del suelo y restricciones para la habitabilidad de los sectores afectados por esa falla y doña Marisol Rojas, emulando a la Onemi y al SHOA, se conformó sólo con sugerir a la municipalidad que incorporara dentro de la zonificación el estudio de la variable geológica, identificando las áreas de restricción asociadas a la mencionada falla. Naturalmente y como se tratara de una mera “sugerencia”, la municipalidad en aras de obtener pronto su PRC, la obvió olímpicamente. 5) Desconocimiento de la existencia del acueducto paralelo en la Avenida Tobalaba y ausencia de las restricciones adyacentes al mismo en el instrumento de planificación. En la zona de Resguardo de Acueductos no aparece ese acueducto y tampoco se establecen las normas de restricción correspondientes, para lo cual se debió haber contado con un pronunciamiento técnico por parte de la Empresa Aguas Andinas, propietaria del acueducto. ¿Estamos ante ignorancia supina o lenidad administrativa? 6) Aplicación retroactiva de normas, lo que es imposible en un Estado de Derecho. En efecto, se pretende regularizar la situación de locales comerciales congelados por imperio legal mediante una norma retroactiva y discriminatoria hacia el resto de las edificaciones. Los actos administrativos sólo pueden producir efectos hacia el futuro, es decir, con posterioridad a su dictación, salvo que una norma legal expresa permita que tenga efectos en forma excepcional con anterioridad a su publicación o notificación, lo que no acontece en la presente modificación del PRC La Reina. 7) Utilización de la modificación del instrumento de planificación para regularizar actuaciones irregulares pasadas. Se desea ampliar los usos de suelo en la zona delimitada por la Av. Las Perdices, calles José Arrieta y Talinay y la Villa Militar Cordillera para “adecuar la normativa a la necesidad de vivienda y equipamiento demandada por la comunidad, y reconocer la existencia de un terminal de buses Transantiago en el predio ubicado en Av. José Arrieta Nº 9540”. (sic), situación que conoce muy bien la Contraloría General de la República, organismo que se encuentra efectuando un sumario al respecto, y el propio Ejército, porque a ambas instituciones le hemos representado lo ocurrido en ese cuadrante, cuestión de pleno conocimiento del Ministerio sectorial. Aunque el lector no lo crea, en el área mencionada se han otorgado permisos de urbanización y edificación declarados ilegales por -¡oh sorpresa!- la propia Seremi de Vivienda y Urbanismo, servicio público que además, fue quien solicitó a la Contraloría la instrucción del sumario administrativo señalado. En síntesis, la modificación en comento todavía contiene irregularidades que deberán ser resueltas y por ello nos extraña sobremanera que la Seremi de Vivienda y Urbanismo haya “informado favorablemente” este cambio en las reglas del juego. En razón de lo anterior, todas las organizaciones ciudadanos que nos congregamos el sábado 4 de septiembre en el ex Congreso Nacional, ya le pedimos a Enrique Accorsi, lúcido diputado por el distrito, que inicie las gestiones para que la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados cite a declarar a los funcionarios del Minvu que han intervenido en este episodio, así como al Intendente y al Director de la Conama, pues la endeble Declaración de Impacto Ambiental respectiva fue un chiste de mal gusto, que puede transformarse en una pesadilla al ignorarse la existencia de la falla geológica de San Ramón.



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